Incapacidad ISSSTE: tipos de incapacidad, requisitos y solicitud en línea

Si eres trabajador afiliado al ISSSTE, debes saber que tienes derecho a recibir los beneficios que te otorga el seguro para los trabajadores, esto incluye los beneficios para los trabajadores que se otorgan por incapacidad.

Si llegas a tener algún accidente, a complicarte de salud y estar indispuesto para el trabajo, los trámites de seguros y beneficios por incapacidad del ISSSTE te ayudarán económicamente como trabajador.

En esta articulo te explicaremos todo lo relacionado con los trámites de incapacidad ISSSTE: tipos de incapacidad, requisitos y solicitud en línea.

¡Continua leyendo para conocer esta información!

¿Qué son los trámites por incapacidad del ISSSTE?

Los trámites por incapacidad del ISSSTE se realizan cuando un trabajador sufre un accidente o enfermedad en el trabajo o fuera de él, el instituto te da la opción entonces de solicitar la pensión por riesgo de trabajo “por incapacidad parcial o total”, siempre y cuando se cumplan los términos y condiciones establecidos en la ley del ISSSTE.

En estos casos pueden existir incapacidades parciales o totales. La incapacidad parcial es la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar, y la incapacidad total es la pérdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de sus días.

Aspectos importantes del subsidio por incapacidad del ISSSTE

En caso de incapacidad parcial o total de un trabajador, el pago deberá efectuarse a la persona o grupo de personas a cuyo cuidado quede, y ya sea en caso de muerte del trabajador se pagará a sus beneficiarios, en la ley federal del trabajo se establece para esos casos el salario base para determinar el pago de éstas indemnizaciones deberá ser el salario diario que recibía el trabajador al ocurrir el riesgo.

De igual forma, también se deben tomar en cuenta los aumentos que correspondan al empleo que desempeñaba el asegurado, hasta que se determine el grado de la incapacidad, el salario que percibía al momento de su muerte o bien el último percibido al momento de su separación.

¿Cuáles son los tipos de incapacidad del ISSSTE?

Los riesgos de trabajo pueden producir las siguientes incapacidades:

  • Incapacidad por maternidad: Según el artículo 28 de la ley federal de los trabajadores al servicio del estado, se establece que las mujeres pueden contar con un mes de incapacidad previo a la fecha probable de largo y dos meses más luego alumbramiento.
  • Incapacidad temporal: Pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo. Se le otorga al trabajador, mediante un trabajo igual, una remuneración superior al 50% de su remuneración habitual percibida durante el último año de trabajo.
  • Incapacidad parcial: disminución de las facultades o aptitudes de una persona para poder trabajar. Se le otorga al trabajador asegurado que haya sufrido un accidente o enfermedad de trabajo, cuya valoración sea superior al 25% de disminución orgánico funcional total.
  • Incapacidad total: pérdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de la vida. Se le otorga al trabajador asegurado que haya sufrido un accidente o enfermedad de trabajo, cuya valuación sea igual al 100% de disminución orgánico funcional total o cuando siendo el porcentaje de valuación inferior, lo imposibilite a desempeñar su profesión.
  • Muerte: fallecimiento del trabajador a consecuencia de una enfermedad o accidente de trabajo. En este caso será el beneficiario quien pueda realizar el tramite de pensión.

Incapacidad del ISSSTE por Covid-19:

Es importante saber cómo puedes tramitar la incapacidad por COVID-19, para ello debes ingresar los datos de los derechohabientes o del trabajador a la linea ASISSSTECOVID a través del servicio ISSSTE-TEL marcando al 55 4000 1000 y luego la opción 0. Posteriormente podrás seleccionar entre las siguientes opciones:

  1. Marcar 1 si desea escuchar recomendaciones preventivas sobre COVID-19.
  2. Marcar 2 si es trabajador y requiere programación de cita para solicitar licencia medica por COVID-19.
  3. Marca 3 si se sospecha que el derechohabiente o alguien cercano tiene COVID-19, en esta opción le realizarán un traje con la finalidad de identificar casos graves y canalizarlos a una unidad médica para su atención.

Montos que otorga el ISSSTE por cada incapacidad:

  • Incapacidad temporal: se otorga licencia al 100% del sueldo, cuando el riesgo de trabajo te imposibilite para desempeñar tus labores. Si luego de los tres meses de haber iniciado esta incapacidad no te encuentras en aptitud de volver al trabajo, el ISSSTE podrá solicitar los certificados médicos para declarar una incapacidad permanente.

Para determinar la incapacidad producida por riesgo de trabajo, se estará a lo dispuesto por la ley federal del trabajo.

  • Incapacidad total: pensión vigente hasta que cumplas 65 años. Al llegar a esta edad deberás realizar el trámite para obtener una pensión vitalicia.
  • Muerte de un trabajador activo: los beneficiarios gozarán de una pensión al 100% del sueldo base percibido por el asegurado al momento de ocurrir el fallecimiento.

El ISSSTE cubrirá el monto constitutivo a la aseguradora con cargo al cual se pagará la pensión a los familiares derechohabientes.

Requisitos para el trámite por incapacidad ISSSTE

Los requisitos mencionados a continuación son para la pensión por invalidez temporal, parcial o total:

  • Identificación oficial vigente del solicitante.
  • Dictamen Médico emitido por el ISSSTE (Formato RT-09).
  • En caso de inhabilitación mental, se requiere Identificación oficial de tutor(a) legal.
  • Contrato bancario a nombre del ex trabajador o, en su caso, del tutor y que contenga el número de cuenta y la “CLABE” Interbancaria.

Los requisitos para incapacidad por maternidad son los siguientes:

  • Llevar original y copia del documento oficial de identificación.
  • Original de recibo de pago correspondiente al inicio de la incapacidad.
  • Licencias médicas, fotocopia certificada por el servicio médico del ISSSTE o la dependencias a cual se está adscrita.
  • Constancia de percepciones original, expedida por la dependencia o entidad de adscripción.

¿Cómo tramitar las incapacidades paso a paso ISSSTE?

Presencial para las incapacidad temporal, parcial o total:

  1. Primero, acude al área de Pensiones de la Subdelegación de Prestaciones adscrita a la Delegación Estatal o Regional más cercana a tu domicilio.
  2. Luego solicita la pensión por invalidez temporal, parcial o total.
  3. Presenta la documentación requerida.
  4. Al cumplir con los requisitos documentales recibirás la concesión de pensión y debes esperar el pago correspondiente

Luego de entregar todos los documentos el plazo correspondiente te otorgarán la pensión de inmediato, y el primer pago es a los 10 días hábiles.

El trámite para incapacidad por maternidad, se debe realizar de la siguiente manera:

  1. Ingresar a la oficina virtual del ISSSTE a través de este enlace.
  2. Selecciona la opción “solicitud de pago de subsidio”. 
  3. Coloca los datos solicitados, consultas, licencias médicas que hayan sido expedidas a tu nombre.
  4. Luego, debes cargar la documentación solicitada entre los requisitos.
  5. Por último, a tu correo electrónico llegará una validación de los documentos, y se te otorgará la pensión por incapacidad por maternidad.

Dudas frecuentes sobre las pensiones y trámites por incapacidad del ISSSTE

¿Los trámites por incapacidad del ISSSTE tiene algún costo?

No, estos trámites son gratuitos, puedes realizarlos tanto en oficinas del ISSSTE como por internet.

¿Qué pasa si no realizó este trámite?

Si no realizas el trámite por incapacidad del ISSSTE, el ex trabajador no tendrá acceso a la pensión a que tiene derecho por invalidez temporal o permanente.

¿Cuál es el periodo asignado para contar con la incapacidad por maternidad del ISSSTE?

El periodo asignado es de 84 días, 6 semanas antes y 6 semanas después del parto. Es decir 42 días antes y 42 días después de la fecha estimada de parto.

Teléfonos y contactos del ISSSTE para consultas sobre pensiones y trámites por incapacidad

A continuación te dejaremos la información de contacto y de la oficina principal del ISSSTE, para que puedas realizar cualquier consulta sobre los trámites por incapacidad del instituto:

Teléfono
ISSSTE-TEL: 55 4000 1000

Email
quejas@issste.gob.mx

Contacto directo
Jesús García, Corona 140, Buenavista, Cuauhtémoc, 06350 Ciudad de México
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